El Parlamento otorgó media sanción a un proyecto de ley que establece normas más estrictas para la circulación de motocicletas. Licencias de conducir consignarán si el propietario es donante de órganos.
Quienes circulen en motocicleta, triciclón o cuatriciclón deberán contar con una póliza de seguros de accidentes personales y de daños contra terceros, según un proyecto de ley aprobado ayer por la Cámara de Diputados. La normativa aún debe ser analizada en el Senado.
El proyecto, "que establece normas jurídicas para la circulación de motocicletas por las vías públicas", busca poner freno al elevado número de accidentes de tránsito que involucran a este tipo de vehículos.
Impulsada por los diputados Víctor Bogado, César Capurro y Elvis Balbuena, la normativa establece, además, que quienes viajen en estos rodados podrán transportar solo un acompañante.
Según el texto aprobado con modificaciones por los diputados, todas las motocicletas y vehículos similares deberán ser registrados en la Municipalidad donde el contribuyente tenga su domicilio real.
El proyecto dispone que las municipalidades deberán implementar un sistema de matriculación, expedición de patentes y chapas de estos rodados.
SEGURO, CASCO Y CHALECO. Para circular por la vía pública, las personas que se trasladen a bordo de motocicletas deberán contar con la licencia de conductor respectiva -expedida por la Municipalidad donde fije residencia- y con una póliza de seguros de accidentes personales y de daños contra terceros.
Estas pólizas deberán cubrir los montos de los gastos en los que se incurre en los casos comunes de siniestros en la circulación de motocicletas.
Además, tanto el conductor como el acompañante deberán tener casco protector homologado por el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) y chaleco reflectivo.
El casco y el chaleco deberán reproducir en su parte posterior la matrícula de la motocicleta, con materiales reflectivos.
El tamaño y diseño de los mismos deberá ser indicado por las municipalidades respectivas, "de tal forma que sea fácil su lectura a una distancia de hasta 20 metros".
BENEFICIO. El diputado Balbuena, impulsor del proyecto, celebró la sanción de Diputados, señalando que no es fácil aprobar una ley que afecta a medios de producción muy grandes, como los fabricantes de motos.
Según Balbuena, la ciudadanía se beneficiará con este proyecto, porque justamente la preocupación viene de la gran cantidad de accidentes que se producen a diario, protagonizados por motocicletas.
"La aprobación de este proyecto será muy positiva para la lucha contra esta problemática que ya se ha robado muchas vidas", afirmó.
DONANTES DE ÓRGANOS
El proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados introduce una novedad: las licencias de los conductores de motocicletas deberán incluir en forma visible y expresa su opción de ser donante voluntario de órganos y/o tejidos, o su deseo en contrario.
Con esta disposición se busca dar cumplimiento a la ley Nº 1.246/98 "de Trasplante de órganos y tejidos anatómicos humanos", con la cual se busca promover la donación voluntaria de órganos, para dar la posibilidad de mejorar la calidad de vida a otras personas.
La cifra
de los accidentes en la vía pública involucran a motocicletas. En 2009, más de 6.600 personas resultaron lesionadas en percances de tránsito en el país.