En su considerando,
el documento señala que la Ley 4945/13 de Educación Superior establece en su
artículo 32 que “La apertura de una filial o de una nueva carrera o programas
de Postgrado deberá ser autorizada por el Consejo Nacional de Educación
Superior. Las filiales de las Universidades deben cumplir los requisitos
fundamentales exigidos a las respectivas Sedes Centrales, para que se pueda
autorizar su funcionamiento.
Agrega que en base al Informe final número 69/17 de fecha 30
de agosto de 2017, que cita los informes favorables: Académico, Recursos
Humanos, Económico e Infraestructura en Consejo nacional de Educación (CONES)
en su sesión de fecha 30 de agosto de 2017, por mayoría de sus miembros
resolvió:
Artículo 1º APROBAR la habilitación de la carrera de
Medicina correspondiente a la Universidad Internacional Tres Fronteras, filial
Pedro Juan Caballero.
Firman la citada resolución la Doctora Inés López de Sugasti
en su carácter de secretaria interina del CONES y el profesor Ingeniero
Hildegardo González Irala, Presidente del Consejo.