Textualmente el comunicado señala cuanto sigue: Ante la publicación realizada el día de hoy por un medio de prensa, en la cual se señala un supuesto cobro de sumas de dinero por parte del personal migratorio de Pedro Juan Caballero para otorgar permisos para cruzar la frontera hacia el Brasil, la Dirección General de Migraciones informa:
Que, hasta la fecha, la Institución no ha recibido una denuncia formal sobre el supuesto hecho divulgado, por lo cual se insta a los afectados y a la ciudadanía en general a que realicen sus denuncias de manera responsable ante la Institución y ante las instancias legales correspondientes, en caso de atestiguar alguna irregularidad relacionada con funcionarios de Migraciones, colaborando con la identificación plena de los responsables para facilitar las investigaciones y la aplicación de las sanciones pertinentes, al momento de comprobarse algún hecho de corrupción.
Que durante el cierre de fronteras dispuesto por el Gobierno Nacional está permitido el egreso del país de los ciudadanos extranjeros y de los connacionales que posean residencia legal comprobable en otros países, siempre que dichos países permitan su retorno.
Que el trámite de registro y control de ingreso y salida del país no tiene costo alguno, para connacionales ni para extranjeros, sean o no residentes en Paraguay.
Que al realizar el trámite de salida del país, la Dirección General de Migraciones puede exigir el pago de la multa correspondiente, de Gs. 253.020, solo en los casos de ciudadanos extranjeros cuyos plazos de permanencia hayan vencido antes del 13 de marzo de 2020 o en los casos en que los extranjeros no residentes no cuenten con su comprobante de entrada al Paraguay (boleta de entrada sellada por Migraciones o sello migratorio en el pasaporte) y que el pago de la multa deberá realizarse únicamente en las ventanillas de los puestos de control migratorio habilitadas en fronteras y aeropuertos, exigiendo siempre el comprobante de pago al personal migratorio.
Que mientras se encuentre vigente la disposición de cierre de fronteras, la Dirección General de Migraciones solo permitirá el ingreso al país de las personas que hayan obtenido la autorización previa del Centro de Coordinación Interinstitucional (CCI) de apoyo al Ministerio de Salud ante la pandemia COVID-19, dependiente del Consejo de Defensa Nacional (CODENA) y que comprende los casos de connacionales y familiares repatriados y retornados, extranjeros residentes repatriados y retornados, tripulantes del sector de transporte terrestre y aéreo de bienes y servicios, connacionales y extranjeros residentes que deben someterse a operaciones o tratamientos médicos de complejidad en otros países, connacionales y extranjeros que prestan servicios tanto en obras públicas como en el sector de salud, debidamente autorizados por el Gobierno Nacional.
Que la Dirección General de Migraciones se encuentra ejerciendo un papel fundamental en la lucha contra la propagación del COVID-19 en el territorio nacional, mediante la labor de sus servidores públicos, especialmente, de los inspectores migratorios que se encuentran en la primera línea fronteriza, por lo cual esta administración ha puesto su mayor esfuerzo en desempeñar este importante rol con transparencia, eficiencia, responsabilidad y dedicación, con el compromiso de prevenir, detectar y corregir las acciones y conductas internas que se encuentren al margen de estos principios.